Cancún.- La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Luis Gamero Barranco no puede competir como candidato en las próximas elecciones debido a que se encuentra inscrito en el registro de personas que han cometido violencia política en razón de género. Y esta sanción está vigente hasta septiembre de 2026.
Este registro dura cinco años y cuatro meses, hasta el 20 de septiembre de 2026, por lo que en un principio el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) determinó que no podría aspirar a un cargo de elección popular. Sin embargo, el ciudadano se inconformó, y fue cuando el mismo tema se discutió en el pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo). Ahí, los magistrados determinaron que no estaba imposibilitado.
De tal forma que el mismo asunto llegó a la Sala Xalapa de nuevo, la cual ya había determinado lo mismo que el Ieqroo: que la sanción contra Luis Gamero Barranco sigue vigente, tal como lo estableció la misma instancia al discutir el juicio ciudadano 954/2021.
“En el proyecto se considera, que si bien les asiste la razón, pues el Tribunal Electoral Local era competente para hablar sobre la controversia, en el momento que se pronunció sobre el cumplimiento de los efectos de la sentencia del juicio ciudadano 954/2021, se considera que se excedió en sus facultades constitucionales, ya que es a esta Sala Regional a la que le corresponde vigilar, proveer y pronunciarse sobre el cumplimiento de sus propias sentencias”, señalaba el propio proyecto de la Sala Xalapa discutido este jueves.
Ante ello y luego de discutirse el proyecto se emitió el veredicto en la Sala del TEPJF por el caso de Luis Gamero.
“La Sala Regional Xalapa determinó revocar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Quintana Roo, que a su vez había revocado el acuerdo A035/2020 aprobado por el Instituto Estatal Electoral, con lo cual se dio respuesta a una consulta presentada por un ciudadano de Othón P. Blanco en Quintana Roo, llegando a la conclusión de que era inelegible para contender a un cargo de elección popular hasta que se concluyera la temporalidad de su inscripción en el Registro Estatal y Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Política en Razón de Género”.
Los magistrados destacaron además que Quintana Roo tiene una regulación distinta a otros estados, pues en abril de 2020 se emite una reforma federal de violencia política en contra de las mujeres y justamente en la armonización que hace Quintana Roo el 8 de septiembre agrega una fracción quinta al artículo 17 de la Ley Electoral en donde establece que son requisitos para poderse registrar para diferentes cargos, no encontrarse sancionado sancionadas sancionado por violencia política contra las mujeres en razón de género.
De tal forma que la Sala Xalapa del TEPJF determinó que el tema ya había sido discutido en esa misma instancia y que se mantiene con la misma postura: Luis Gamero no puede ser candidato a un cargo de elección popular hasta que concluya su inscripción en el registro de personas sancionadas por violencia política de género en septiembre de 2026.